La Audiencia de Badajoz estima la solicitud de custodia exclusiva de dos hijos menores, planteada por la madre, con apoyo en el principio favor filii. Considera que, aunque la custodia compartida no está prevista únicamente para los casos de progenitores desempleados o con horarios flexibles, es preciso atender a las circunstancias particulares de cada persona concreta. Afirma, también, que aunque el padre tiene aptitud y plena disposición para cuidar de sus hijos, en el momento actual dispone de muy poco tiempo para atenderlos debido a sus horarios de trabajo, tal y como ha quedado acreditado en el pleito. En consecuencia, acuerda un régimen de custodia monoparental con un amplio derecho de visitas a favor del padre, a quien impone una pensión de alimentos de 150 euros a favor de cada hijo.