El Tribunal Superior de Justicia de Galicia plantea una cuestión prejudicial al TJUE sobre el pago del complemento de maternidad a los pensionistas, mientras que el el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo resuelve que el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social debe reconocerse con efectos retroactivos a los hombres que estuvieran en la misma situación que las mujeres

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) pide al TJUE que determine si la Seguridad Social discrimina por sexo al obligar a pensionistas a reclamar judicialmente el plus de maternidad.

En concreto, los magistrados del TSXG solicitan al TJUE que se pronuncie sobre si el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de denegar siempre el complemento a los hombres y obligarlos a reclamar en vía judicial supone un incumplimiento administrativo, que, en sí mismo, constituiría una discriminación por razón de sexo, en lugar de un incumplimiento normativo, tal y como defiende el INSS.

Por su parte, y en relación con el mismo tema, el Pleno de la Sala 4ª del TS sostiene que el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social debe reconocerse con efectos retroactivos a los hombres que estuvieran en la misma situación que las mujeres.

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