Interpuesto un recurso contra la resolución del Jefe de la División de Personal de la Dirección General de la Policía, resolutoria de reposición y relativa a concesión de permiso de lactancia de un funcionario público, el TSJ Extremadura estima el recurso en el sentido de entender que la recurrente posee el derecho a disfrutar de 28 días de permiso de lactancia en días hábiles, sin tener en consideración los naturales. Los días que resten, los podrá disfrutar de manera acumulada en el momento más próximo a la firmeza de la sentencia y siempre en jornadas en las que no se afecte a la prestación del servicio de manera especial.