En esta sentencia se resuelve una demanda de fijación de medidas paterno-filiales interpuesta por la madre en un procedimiento seguido en rebeldía del demandado, en paradero desconocido. El Juzgado de primera instancia atribuyó a la madre el ejercicio exclusivo de la patria potestad, sin fijar régimen de visitas a favor del progenitor no custodio, ni alimentos a su cargo, sobre la base del desconocimiento del paradero e ingresos del demandado. La Audiencia confirma la resolución, que es recurrida en casación por la madre.
El TS estima en parte el recurso y declara que, a partir de la interposición de la demanda, el padre se despreocupó de la atención del menor, ausentándose sin dejar constancia de su domicilio actual, pudiendo encontrarse en el extranjero. Al no constar que el padre carezca de recursos económicos o que se encuentre en una situación de absoluta indigencia, y siendo la madre quien, de forma exclusiva, atiende a las necesidades del menor, se estima en parte el recurso de casación y, conforme a un criterio de prudencia, se fija en un porcentaje del 10% de los ingresos de demandado su prestación alimenticia, que se devengará desde la fecha de la demanda, sin perjuicio de su liquidación y revisión una vez se conozcan los ingresos reales del demandado.