La sentencia referida estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la exesposa contra la sentencia dictada por el juzgado de primera instancia, que había estimado íntegramente la demanda interpuesta por el exmarido y que declaró extinguida la pensión compensatoria por convivencia extramatrimonial de la demandada con otro hombre. En la sentencia de apelación se toman en consideración diversas circunstancias como la duración temporal de la convivencia, las circunstancias concurrentes, el contexto precedente en que se encuadra y que fundaba el desequilibrio en su momento considerado, a los efectos de la pensión compensatoria discutida, con una trayectoria matrimonial previa de 34 años de matrimonio, edad avanzada de la demandada (63 años al momento de la vista) y defecto de toda iniciativa de ésta para su acceso al mercado laboral y, en consecuencia, se estima parcialmente el recurso y se revoca parcialmente la sentencia recurrida, acordando, en lugar de la extinción total de la pensión, su reducción.