La sentencia estima el recurso de casación interpuesto por la madre biológica de un menor frente a la sentencia de la Audiencia, que confirma la de primera instancia y reconoce la filiación extramatrimonial del menor a favor de la demandante (que es la parte recurrida en casación) por posesión de estado. A juicio del TS, no no se dan los presupuestos legales ni jurisprudenciales para que prospere la reclamación de maternidad extrajudicial por posesión de estado, por lo que casa la sentencia recurrida y desestima la demanda de reclamación de la filiación extramatrimonial por posesión de estado interpuesta contra la recurrente en casación.