La SAP confirma la resolución dictada por el Juzgado de violencia sobre la mujer nº 1 de A Coruña, que modifica las medidas judicialmente adoptadas en relación con la guarda y custodia del hijo menor, al considerar que se ha producido una modificación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta al acordar (en primera instancia) un régimen de guarda y custodia compartida. Se considera acreditada la falta de atención del padre hacia el hijo, sustituido en sus funciones por los abuelos paternos, por lo que se atribuye la custodia en exclusiva a la madre y se establece un régimen de visitas a favor del padre.
Mes: mayo 2019
STS nº 641/2018, de 20 de noviembre de 2018 (ponente Seijas Quintana)
El derecho de uso de la vivienda familiar existe y deja de existir en función de las circunstancias que concurren en el caso. Se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. La vivienda sobre la que se establece el uso no es otra que aquella en que la familia haya convivido como tal, con una voluntad de permanencia ( sentencia 726/2013, de 19 de noviembre). En el presente caso, este carácter ha desaparecido, no porque la madre e hijos hayan dejado de vivir en ella, sino por la entrada de un tercero, dejando de servir a los fines del matrimonio. La introducción de una tercera persona hace perder a la vivienda su antigua naturaleza “por servir en su uso a una familia distinta y diferente”, como dice la sentencia recurrida.
SAP Barcelona (Sección 4ª) nº 10/2019, de 15 de enero de 2019. Contrato de transferencia de embriones
DON Teofilo , DON Urbano y DON Severino presentan demanda de juicio ordinario contra la sociedad SUBROGALIA S.L. en la que solicitan que, previos los trámites legales pertinentes, se dicte sentencia: 1º.- Declarando: Primero.- Que se declare que la sociedad demandada ha incumplido totalmente y sustancialmente el contrato con obligación de resultado (por no cumplir con las obligaciones previstas en dichos contratos, ni en cuanto al precio ni en cuanto al resto de las obligaciones), contratos celebrados con los SRES. Sixto Teofilo , de una parte, y SRES. Urbano Severino , a indemnizar a los demandantes en la suma de 102.428,01 euros, por el incumplimiento contractual y los daños y perjuicios producidos por éstos.
DON Sixto y DON Teofilo contrataron el 8033 PAQUETE CON DONANTE ÓVULOS 2 IMPLANTACIONES SIN ALOJAMIENTO MADRES, CON DONANTE ESPAÑOLA CONGELADO, con un coste de 59.335 euros.